Retos y novedades en compliance penal para el 2016

Este año viene cargado de eventos en torno al mundo del Compliance que a buen seguro van a marcar las tendencias en esta materia consolidando la cultura de cumplimiento normativo y la adopción de modelos de gestión y control para evitar la responsabilidad penal de nuestras empresas.

En diciembre estaba prevista la reunión del pleno jurisdiccional de la Sala 2ª del Tribunal Supremo para la deliberación, voto y fallo del recurso de casación interpuesto en la conocida como sentencia Transpinello y en la cual están condenadas casi una decena de empresas como autoras de delitos de blanqueo de capitales y tráfico de drogas. Los magistrados de la citada Sala van a aprovechar este recurso para fijar criterios jurisprudenciales en relación con la aplicación del artículo 31 bis del Código Penal y sentar las bases de lo que sin duda serán los criterios a tener en cuenta en la implantación de los modelos de prevención de delitos a los que la ley nos remite.

Se prevé que a lo largo del mes de enero y coincidiendo con el citado pleno, la Fiscalía publique su circular en materia de interpretación del citado ministerio público en cuanto a la imputación de personas jurídicas por delitos cometidos en su seno y requisitos eximentes que serán de obligada observación para eludir o mitigar la responsabilidad de la organización que sea investigada en el proceso de instrucción. Espero que sea menos extensa y más clarificadora y precisa que la publicada en el año 2011 y que no hizo sino sembrar más confusión en torno a la por entonces recién nacida “responsabilidad penal de la persona jurídica”.

Estos dos hitos van a marcar sin duda el devenir de los modelos de gestión y control y todas las empresas podrán adecuar el existente y, en el supuesto de construirlo ex novo, regirse por los criterios que tanto el Supremo como la Fiscalía (especialmente el primero…) señalen en este inicio del año.

La nueva Ley de Protección de Datos que la UE ha desbloqueado después de tres largos años, introducirá nuevos criterios en cuanto al trato de datos de carácter personal, protocolos de información a usuarios en caso de ciberataques o brechas en la seguridad de las empresas y suscitarán muchos debates en cuanto a su aplicación y alcance en todos los departamentos de cumplimiento normativo de las empresas.

En el mes de marzo tendrá lugar en Madrid el primer foro internacional de compliance auspiciado por ASCOM (Asociación Española de Compliance) y que concitará en la capital a reconocidas voces y personalidades del Compliance tanto nacional como internacional, incluyendo la visita del australiano Martin Tolar, buque insignia de ISO y uno de los padres de las normas de estandarización en materia de Compliance desde las antípodas. Entiendo que es una cita importante para tomar el pulso a la consolidación del sector en nuestro país.

En mayo GOBERCOM prepara una convocatoria en Madrid con miembros de la judicatura, fiscalía, oficiales de cumplimiento de empresas cotizadas y otros operadores del entorno del Compliance que sin duda darán una visión avanzada sobre la aplicación de los estándares de gestión y control en materia de Corporate Compliance y aplicación de la norma UNE-ISO19600.

Por lo pronto este trimestre ya viene cargado de novedades que sin duda van a marcar de forma muy definida el devenir del Compliance penal, esto es el de la implementación de modelos de gestión y control para prevenir la comisión de delitos y la responsabilidad penal y perjuicio reputacional en aquellas organizaciones concienciadas frente a este riesgo cada vez más extendido. Estamos todavía lejos de los niveles de concienciación de otros países y culturas pero vamos haciendo camino…

  • Feliz año

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